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Normativa9 min de lectura10 de julio de 2026

DS N° 57/2019: Clasificación, Etiquetado y HDS para Sustancias Peligrosas en Chile

Preguntas frecuentes sobre el DS N° 57/2019

¿Qué es el DS N° 57/2019?
El Decreto Supremo N° 57/2019 del Ministerio de Salud regula la clasificación, etiquetado y Hojas de Datos de Seguridad (HDS) de sustancias peligrosas en Chile, adoptando el Sistema Globalmente Armonizado (SGA/GHS). Es la norma que obliga a fabricantes e importadores a contar con HDS en español, conformes a NCh2245:2021, para toda sustancia peligrosa que se fabrique, importe, distribuya o use en el territorio nacional.
¿Mi HDS en inglés cumple el DS N° 57/2019?
No. El decreto exige que la HDS esté íntegramente en español e identifique a un fabricante o importador chileno responsable. Una HDS en inglés, alemán, chino o cualquier otro idioma no cumple estos requisitos y no puede acreditarse como conforme a la normativa vigente.
¿Cuántas secciones debe tener una HDS según el DS N° 57/2019?
Dieciséis secciones, conforme a la NCh2245:2021, que es la norma técnica que complementa al DS N° 57/2019 estableciendo el formato exacto de la HDS. Las secciones son obligatorias incluso si el dato "no aplica" al producto específico.
¿Qué diferencia hay entre el DS N° 57/2019 y la NCh2245:2021?
El DS N° 57/2019 es el marco legal que establece la obligación de contar con HDS y define los criterios de clasificación de peligros. La NCh2245:2021 es la norma técnica que complementa al decreto estableciendo el formato, contenido y estructura exacta de las 16 secciones de la HDS. Ambos son necesarios para elaborar una HDS válida en Chile.

¿Qué es el DS N° 57/2019?

El Decreto Supremo N° 57/2019 del Ministerio de Salud es la norma chilena vigente que regula la clasificación, etiquetado y Hojas de Datos de Seguridad (HDS) de las sustancias peligrosas — o SUSPEL — que se fabrican, importan, distribuyen o usan en el territorio nacional.

El decreto adopta formalmente el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS) de Naciones Unidas en su versión aplicable a Chile, estableciendo criterios uniformes para determinar si una sustancia o mezcla es peligrosa, cómo debe etiquetarse el envase y qué información debe contener la HDS que acompaña al producto.

En términos prácticos, el DS N° 57/2019 es el instrumento legal que responde una pregunta concreta: ¿cómo debe verse, qué debe decir y en qué idioma debe estar la Hoja de Datos de Seguridad de una sustancia peligrosa para ser legalmente válida en Chile?

El decreto opera de forma complementaria con la NCh2245:2021 (que define la estructura técnica de la HDS), el DS 594/1999 (que establece los valores límite de exposición ocupacional — VLEP — que deben declararse en la sección 8), y el DS 148/2003 (que regula los residuos peligrosos generados por esas sustancias).

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¿A quién aplica el DS N° 57/2019?

El decreto aplica a toda persona natural o jurídica que en Chile realice alguna de las siguientes actividades con sustancias o mezclas peligrosas:

  • Fabricación: Quien produce en Chile una sustancia o mezcla clasificada como peligrosa.
  • Importación: Quien ingresa al país productos químicos peligrosos fabricados en el extranjero, independientemente del país de origen.
  • Distribución y comercialización: Quien vende o distribuye productos químicos peligrosos en el mercado industrial chileno.
  • Uso en el lugar de trabajo: Toda empresa que use sustancias peligrosas en sus procesos debe tener disponible la HDS correspondiente para sus trabajadores.

Los sectores más afectados por la fiscalización del DS N° 57/2019 incluyen:

  • Importadores de productos químicos (solventes, ácidos, bases, lubricantes)
  • Distribuidores de pinturas, adhesivos, sellantes e impermeabilizantes
  • Industria minera (reactivos de flotación, explosivos, ácidos de proceso)
  • Industria agrícola y fitosanitaria (pesticidas, fertilizantes)
  • Industria automotriz y talleres mecánicos (lubricantes, líquidos hidráulicos)
  • Industria de la construcción (cemento, solventes, impermeabilizantes)
  • Laboratorios industriales y farmacéuticos
  • Empresas de limpieza industrial

¿Qué exige el DS N° 57/2019 para las HDS?

El decreto establece los siguientes requisitos que toda HDS debe cumplir para ser válida en Chile:

1. Idioma español

La HDS debe estar íntegramente redactada en español. No se aceptan documentos en inglés, alemán, chino, portugués ni ningún otro idioma. Tampoco se aceptan HDS "mezcladas" con algunas secciones en español y otras en idioma extranjero. Una HDS en inglés entregada directamente por el fabricante extranjero no tiene validez legal en Chile sin adaptación.

2. Estructura de 16 secciones (NCh2245:2021)

La HDS debe seguir exactamente las 16 secciones establecidas por la NCh2245:2021, en el orden prescrito. No se pueden omitir secciones aunque no apliquen al producto — deben declararse como "No aplica" o "Sin información disponible". El formato MSDS (anterior al SGA) no cumple este requisito.

3. Clasificación de peligros según normativa chilena

La clasificación de peligros en la sección 2 debe hacerse según los criterios del DS N° 57/2019. Esto es relevante porque los criterios de clasificación GHS varían entre jurisdicciones: una clasificación válida bajo REACH (Europa) o OSHA (EE.UU.) puede no coincidir exactamente con la aplicable en Chile. En particular, los límites de concentración y los puntos de corte para ciertos peligros crónicos o ambientales pueden diferir.

4. Identificación del fabricante o importador chileno

La sección 1 de la HDS debe identificar al fabricante o importador chileno responsable del producto en el mercado nacional, con sus datos de contacto y teléfono de emergencias en Chile. El fabricante extranjero puede aparecer como información adicional, pero la sección 1 debe tener un responsable en Chile accesible para efectos de la normativa chilena.

5. Valores límite de exposición según DS 594/1999

La sección 8 (controles de exposición/protección personal) debe declarar los Valores Límite de Exposición Profesional (VLEP) establecidos en el DS 594/1999 del Ministerio de Salud, que es el estándar chileno de referencia. No basta con citar los valores de ACGIH (estadounidenses) o los de la REACH europea — deben usarse los chilenos. Para componentes no listados en el DS 594, puede mencionarse la fuente alternativa de referencia, pero declarando explícitamente su carácter orientativo.

¿Por qué una HDS extranjera no es válida en Chile?

Una HDS elaborada conforme a normas extranjeras (OSHA/HazCom, REACH, GHS japonés o de cualquier otro país) generalmente incumple varias de las exigencias del DS N° 57/2019:

Incumplimiento típicoFundamento normativo
Redactada en inglés u otro idiomaDS N° 57/2019, art. aplicable
Identifica solo al fabricante extranjeroNCh2245:2021
VLEP según ACGIH o REACH, no DS 594DS 594/1999
Clasificación GHS sin verificar criterios chilenosDS N° 57/2019
Formato MSDS (anterior a GHS)NCh2245:2021 (16 secciones)
No indica teléfono de emergencias en ChileNCh2245:2021

El proceso que convierte una HDS extranjera en un documento válido para Chile se denomina homologación: implica traducir, reclasificar según DS N° 57/2019, actualizar los VLEP a DS 594/1999, e identificar al proveedor chileno responsable en la sección 1.

Cómo obtener HDS conformes al DS N° 57/2019

Existen tres situaciones habituales y una solución para cada una:

  1. Tienes HDS en otro idioma (inglés, alemán, chino, etc.): La solución es la homologación — adaptación de tu HDS extranjera a NCh2245:2021 y DS N° 57/2019, con traducción técnica especializada, reclasificación, actualización de VLEP e identificación del responsable chileno.
  2. No tienes HDS para tu sustancia: Necesitas una HDS elaborada desde cero, usando fuentes técnicas verificadas (PubChem, ECHA, bases toxicológicas) y la estructura de 16 secciones de NCh2245:2021. Este proceso es más complejo y requiere investigación de propiedades físicas, toxicológicas y ambientales de la sustancia.
  3. Tienes HDS en español pero es antigua (NCh2245:2015 o anterior): Necesitas una actualización de la HDS, verificando que la clasificación esté al día, los VLEP correspondan al DS 594 vigente y el formato cumpla NCh2245:2021. El diagnóstico gratuito es un buen punto de partida para saber exactamente qué secciones requieren corrección.

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